Los ciudadanos rechazan la imposición del catalán como lengua prioritaria en la educación. Ayuntamientos, servicios de Salud y oficinas de Tráfico vulneran los derechos de los castellanoparlantes.
06/06/2008 La Razón
Los ciudadanos de Cataluña que quieren comunicarse con la Administración en castellano o que sus hijos reciban la educación en su lengua materna, si ésta no es el catalán, encuentran cada día más trabas. Así lo demuestran las más de cien quejas que recibió el año pasado el Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, y que recoge en el Informe Anual 2007, que ayer presentó ante el Senado.
Este «número significativo de quejas», señala el documento, se debe a que «la libre elección de lengua y el ejercicio de la libertad lingüística cuando se opta por el empleo de la lengua castellana padecen frecuentes limitaciones», según los denunciantes. El Defensor del Pueblo, que tiene interpuesto un recurso de inconstitucionalidad frente a determinados puntos del Estatuto de Autonomía catalán, no puede tramitar estas quejas hasta que el Alto Tribunal se pronuncie.
La institución sí ha podido, sin embargo, «investigar» las relativas a las actuaciones administrativas «que presentaban indicios de posibles vulneraciones de los derechos lingüísticos de los ciudadanos». Son los siguientes:
Impresos y reclamaciones. El informe destaca la queja de una ciudadana porque una determinada oficina de trabajo de la Generalitat no le había proporcionado la versión en castellano de impresos que necesariamente había que utilizar para solicitar una prestación contributiva. Además, «el impreso que se le facilitó para formular la reclamación por la falta de disponibilidad de los impresos, se le proporcionó únicamente en catalán».
Ignorancia de la ley. Según la memoria anual, un determinado ayuntamiento de la provincia de Barcelona parecía desconocer el derecho de un ciudadano (reconocido en el artículo 9 de la Ley de Política Lingüística) a recibir las comunicaciones y notificaciones en castellano, solicitud que este vecino había realizado al consistorio «sin resultado positivo».
«Vacunado» en catalán. En el ámbito de la Sanidad, un ciudadano remitió una queja al Defensor «ante la expedición, únicamente en catalán», del documento que acreditaba que le habían sido administradas determinadas vacunas que tenía que recibir ante la realización de un viaje. Según el Servicio Catalán de Salud, se trataba de un documento de carácter interno de la administración sanitaria, a pesar de que facultativos de otras comunidades autónomas o, incluso, de otro país, podían requerir a esta persona la tarjeta de vacunación.
Multas a Valencia. Una ciudadana de Denia (Valencia) remitió una queja a la institución, porque había recibido en su domicilio una comunicación, en catalán, del Servicio de Tráfico de Lérida.
Cerca de un centenar de quejas remitidas a Múgica no pudieron ser tramitadas ya que la institución recibió un escrito del Síndic de Greuges en el que recordaba que, según el Estatuto catalán, éste tiene la competencia exclusiva para supervisar la actuación de la Administración de la Generalitat y organismos públicos. El Defensor del Pueblo, que ha impugnado ese artículo, tuvo, sin embargo, que dar por concluida su intervención en estas quejas.
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